En Perú, es requisito exhibir claramente la cantidad de personas permitidas dentro de recintos como empresas, centros comerciales, teatros, lugares de ocio, bancos, restaurantes, colegios y oficinas, usualmente indicado por un letrero que especifica la "capacidad máxima". No obstante, agregar "máximo" es redundante, ya que "aforo" por definici&oac...
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